Orden de viaje: Documento en el que se recoge la autorización para la realización de la comisión o servicio encomendado fuera del centro de trabajo. Será firmada por el Director Gerente a propuesta del Directivo del cual dependa orgánicamente el interesado. La fecha de autorización será siempre anterior al inicio de la comisión. Las órdenes de viaje se comunicarán a los interesados, siempre que sea posible, con cuarenta y ocho horas de antelación.
En los casos recogidos en la Resolución 300/05 de 16 de mayo de retribuciones personal centros e instituciones sanitarias del SAS, se tramitarán según lo dispuesto en la misma, formalizado la documentación (Orden y Liquidación) al término de la comisión. Visualizar Modelo O (PDF 84.94kB)
Liquidación de los servicios realizados: Documento en el que se recoge la certificación de la realización de la comisión o el servicio encomendado, así como los importes a indemnizar al interesado. Será suscrita por el interesado y firmada por el Director Gerente. La fecha de liquidación será siempre posterior a la terminación de la comisión. Visualizar Modelo L (PDF 85.38kB)
Otros justificantes
Certificado de la realización de la comisión de servicio.
Certificado o fotocopia compulsada justificativa de la asistencia a actividades de formación.
Factura de hotel: será original, constando en la misma los datos del emisor, del intereado y el IVA aplicado, entre otros.
Factura de taxi: será original, constando en la misma los datos del taxista (nombre, NIF, número de licencia) y el recorrido efectuado.
Billetes de autocar, tren, tren AVE, avión, metro, peaje autopistas: serán originales.