¿Dónde se solicita la tramitación de las indemnizaciones por razón del servicio (dietas y locomoción)?
En esta página web.
En la Administración de su Centro.
¿Quién firma la Orden de viaje?
El Director Gerente a propuesta del Directivo del cual Ud. dependa.
¿Cuándo debe solicitar la autorización de la comisión (Orden de Viaje)?
Siempre que sea posible, la solicitará con 48 horas de antelación al desplazamiento.
¿Cuándo le corresponde el importe del almuerzo o la cena (Media manutención)?
Almuerzo: Cuando regrese después de las 15:00 horas y realice el mismo fuera de su residencia habitual.
Cena: Cuando comience antes de las 22:00 y regrese después de esa hora y, realice la misma fuera de su residencia habitual.
¿Cuándo le corresponde el almuerzo y la cena (Manutención sin pernoctar)?
Si en el mismo día realiza las dos comidas principales fuera de su residencia habitual, sin alojarme en hoteles, comenzando la comisión antes de las 14:00 y terminando después de las 22:00 horas.
¿Cuándo le corresponde el almuerzo y la cena (Manutención Pernoctando)?
Si en el mismo día realiza las dos comidas principales fuera de su residencia habitual, alojándose en hoteles, comenzando la comisión antes de las 14:00 y terminando después de las 22:00 horas.
¿Cuándo le corresponde el importe por Alojamiento?
Cuando pernocte fuera de su residencia habitual en establecimientos de hostelería.
¿Cuándo debe solicitar la Liquidación de los Servicios realizados?
Al día siguiente de la terminación de la comisión. Si no puede, en cuanto le sea posible.
¿Qué justificantes debe presentar con la liquidación?
Certificado de haber realizado la comisión en actividades de formación y asistencia a tribunales.
Billetes de avión, autocar, tren, taxi, etc.
Factura de hotel. Si no la presenta se le practicará descuento de IRPF.
¿Se indemnizan los gastos de parking privado en algún caso ?
No, en ningún caso. Artículo 20.5 Decreto 54/1989 de 21 de marzo.
¿Cómo consigo el tipo de letras (fuente) para el código de barras?