Desde hace años, se constata un incremento en el número de pacientes infectados por virus de la hepatitis B (VHB), de la hepatitis C (VHC) y de la inmunodeficiencia humana (VIH) que solicitan ser sometidos a técnicas de reproducción asistida. En estos pacientes, los trastornos de la fertilidad pueden sumarse o no a la enfermedad crónica que padecen.
La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del SNS, regula la ordenación de las prestaciones sanitarias del SNS y define el catálogo de prestaciones (conjunto de servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud dirigidos a los ciudadanos). Además, el Real Decreto 1247/2002, de 3 de diciembre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria relaciona, dentro del Anexo I, el lavado de semen en VIH positivos para la RHA, la FIV y la ICSI como técnicas y procedimientos cuyo coste podrá ser compensado por el Fondo de cohesión sanitaria, en las condiciones contempladas en este Real Decreto.
Estas infecciones crónicas generan riesgos potenciales de transmisión horizontal (contagio a la mujer o contaminación cruzada durante el proceso de tratamiento) y vertical, al feto. Preocupa así, el riesgo de contaminación viral de los laboratorios de fecundación in viro y de terceras personas como profesionales y pacientes no infectados, y de gametos y embriones de parejas no infectadas. Estos riesgos hacen necesaria la aplicación de protocolos de seguridad biológica en el laboratorio de reproducción, que debe de estar dotado de equipos independientes de procesamiento y sistemas de criopreservación que garanticen la estanqueidad y exclusividad de uso para muestras con riesgo biológico. Son laboratorios de alta seguridad biológica.