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FIV / ICSI

  • FIV: Fecundación In Vitro.
  • ICSI: Microinyección Intracitoplasmática de Espermatozoides.

Requisitos para FIV/ICSI

Los siguientes requisitos para la realización de FIV/ICSI se sumarán a los requisitos generales para la aplicación de técnicas de RHA:
  • Edad de la mujer menor de 40 años.
  • Adecuación a las indicaciones que se especifican en la Guía.
  • Evidencia de buena reserva folicular o calidad ovocitaria.
  • Serologías VIH, VHB, VHC negativas, salvo técnicas de tratamiento de semen.

Indicaciones FIV/ICSI

  • Fracaso previo de tratamiento mediante inseminación, en caso de que esté indicada. Se admite que fracasados 4 tratamientos mediante IA, es legítimo indicar la FIV/ICSI, siempre y cuando existan evidencias de que la ovulación pudo producirse con la cronología adecuada (respecto a la inseminación) a juzgar por la evolución de los niveles circulantes de progesterona o del control ecográfico.
  • Factor masculino severo. Existen evidencias según las cuales es necesaria la existencia de al menos 5 millones de espermatozoides móviles progresivos para que la producción de un embarazo tras IA no sea absolutamente casual. Por ello, es legítimo indicar una FIV/ICSI cuando el valor del REM es inferior a 5 millones tras capacitación; no obstante, dependiendo de la experiencia de cada centro, se acepta que se indique una FIV/ICSI con un valor de REM que lo haga aconsejable, si no supera los 10 millones. El grupo de trabajo recomienda indicar FIV/ICSI con un valor del REM menor 5 millones sin factor inmunológico.
  • Factor tuboperitoneal determinante o coadyuvante de la esterilidad. Independientemente de la razón por la que las trompas hayan perdido su competencia (enfermedad inflamatoria pélvica, endometriosis, etc.), el tratamiento electivo de la esterilidad puede ser una FIV/ICSI siempre que la función tubárica haya quedado anulada, si se desestima el tratamiento quirúrgico como mejor opción. También será indicación de FIV/ICSI el tratamiento de la esterilidad tubárica no resuelta mediante cirugía, una vez transcurrido un tiempo prudente. Este periodo puede estimarse entre 6 meses y un año, dependiendo de la edad del paciente.

Criterios de oferta

Se consideran como límite máximo de oferta de ciclos de tratamiento:
  • Dos ciclos de FIV/ICSI con transferencia embrionaria; excepcionalmente, se valorará por la Unidad la realización un tercer ciclo.
  • Dos ciclos limitados por evidencia de mala reserva folicular o calidad ovocitaria.
En cuanto al intervalo entre ciclos de tratamiento consecutivos:
  • Los ciclos se ofertarán en el mínimo tiempo posible.
  • En tanto existan embriones congelados, no se iniciará una nueva estimulación ovárica.
Sobre el número de embriones a transferir, se recomienda realizar transferencias selectivas de dos o un embrión cuando las características de la pareja y de los embriones permitan suponer que existe un elevado riesgo de embarazo múltiple, siguiendo las recomendaciones de las Sociedades Científicas para reducir la complicación más frecuente de las técnicas de reproducción asistida, el embarazo múltiple.
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Última actualización de la pagina: 21-05-2012 Subir
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