Formación pregrado
DOCENCIA DE PREGRADO EN EL SERVICIO DE OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO "VIRGEN DE LAS NIEVES"
La mejora de la docencia clínica es sin duda el mejor camino para una formación médica de excelencia.
Queremos desarrollar brevemente en este apartado dentro del contexto educativo, aspectos que conciernen al papel de este Servicio en la docencia de pregrado.
El Hospital Universitario responde al fin de disponer de las estructuras necesarias para la enseñanza de la medicina, enfermería, farmacia y otras enseñanzas relacionadas con las Ciencias de la Salud, atendiendo a lo ordenado por el artículo 149.1.30 de la Constitución y los objetivos establecidos por la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
Siguiendo estos mandatos legales tuvo lugar el Convenio Marco entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Universidad de Granada (Resolución de 7 de julio de 1999), en el que la Consejería de Salud pone a disposición de este objetivo la totalidad de los recursos materiales y humanos de los que dispone, entre ellos el Servicio de Obstetricia y Ginecología del Centro Maternal e Infantil del Hospital Universitario "Virgen de las Nieves."
El centro hospitalario universitario debe ser un centro de tercer nivel, muy especializado, llamado a ocuparse de casos complejos que exigen tratamientos muy sofisticados. Su estatus contribuye a atraer un personal de alto nivel y su cooperación con la Facultad de Medicina significa que se ocupará no solo de la formación de estudiantes de pregrado, sino que también de los de postgrado. Desde luego entendemos que la formación de un médico general debe estar basada también en otras estructuras sanitarias de atención primaria, que también están a la disposición de la Facultad de Medicina según el Convenio antes mencionado.
Los objetivos básicos son la capacitación profesional, docente e investigadora (condiciones sine quanon las tres):
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Docentes. La colaboración se establece, como hemos dicho, para la formación
clínica y sanitaria de los alumnos en cualquiera de los ciclos
universitarios. Esta docencia habitualmente es bidireccional, de modo
que se contribuye al mantenimiento de la cualificación de los
profesionales de la salud a su más alto nivel, cuidando su
actualización y reciclaje.
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Asistenciales. Desde luego las investigaciones y enseñanzas universitarias
relacionadas con las ciencias de la salud redundan en una mejora
constante de la atención sanitaria. El Hospital Universitario debe ser
el de mayor rango y con él debe coincidir la mayor calidad asistencial.
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Investigadores. No
es necesario subrayar la importancia de este aspecto, en
el que debe prevalecer la necesaria coordinación con las
unidades de investigación del Hospital y la propia Universidad.
Se cuida que una masificación asistencial no dificulte o colisione con la realización de las funciones docente o investigadora. Probablemente, nuestro Servicio, en el contexto del Hospital Universitario, posee características propias que lo diferencian de aquellos otros cuya función básica es la asistencial. Se dispone de infraestructura docente, tal y como señala la ley, con espacios adecuados para que los estudiantes de pre y postgrado (que junto a la enferma y profesores se instituyen como principales protagonistas) desarrollen con dignidad su trabajo diario. Nos referimos a salas de lectura y seminarios, vestuarios, medios audiovisuales, etc.
El
Departamento de Obstetricia y Ginecología de la Universidad de Granada afronta en la actualidad no sólo la formación pre y postgraduada de la licenciatura (actualmente en dos años académicos, dos grupos por año), como asignatura troncal y obligatoria, y doctorado en Obstetricia y Ginecología, sino que de forma regular participa activamente en la docencia de la Diplomatura de Enfermería, en la materia troncal de segundo curso Enfermería Obstétrico-Ginecológica, además de la colaboración en la formación del Título de Enfermera Especialista Obstétrico-Ginecológica (Matrona), aparte de impartir materias optativas de Universidad en la configuración de los curricula de la licenciatura de medicina y materias de libre configuración específica para diversas facultades de la Universidad de Granada.
Tras la aparición en el BOE del Real Decreto 1417/1990 de 26 de octubre, por el que se establecieron las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención del título universitario oficial de Licenciado en Medicina, fueron las universidades las que, al establecer y aprobar los correspondientes planes de estudio, han organizado las materias troncales (es decir, los contenidos temáticos), en asignaturas o disciplinas (unidades de enseñanza/aprendizaje en que se pueden distribuir o agrupar los contenidos temáticos), marcando los objetivos docentes, los contenidos de las asignaturas y asignándole la docencia a un área de conocimiento. Igualmente, se han establecido el número de créditos teóricos, prácticos (que han pasado de ser enseñanzas complementarias, impartidas en horarios marginales por los profesores menos experimentados, a ser enseñanzas relevantes y decisivas) y los créditos totales, correspondientes a cada asignatura, así como la ordenación temporal en el aprendizaje, marcando la imposibilidad real de cursar una materia o disciplina sin haber adquirido antes la correspondiente evaluación positiva sobre otra, o llevando esta imposibilidad a la incompatibilidad entre los dos ciclos en las enseñanzas sin título intermedio, como la Medicina.
Regido por estas directrices, el Plan de Estudios conducentes al título de Licenciado en Medicina por la Universidad de Granada (homologado por la Comisión Académica del Consejo de Universidades con fecha 12.7.2001), contempla, ajustándose al Real Decreto 1417/1990, una carga lectiva global de 534 créditos (256 teóricos y 278 prácticos), entre los que la Obstetricia y Ginecología se constituye como materia troncal durante el segundo ciclo, en el cuarto curso y con un total de 18 créditos, ocho de ellos teóricos y 10 clínico-prácticos.
Además, la Universidad de Granada establece entre las materias optativas que los alumnos pueden cursar para completar los créditos exigidos, tres asignaturas que directamente afectan a nuestro Departamento. La primera de ellas interdepartamental, junto con el área de conocimiento de Cirugía, la Mastología. Las dos restantes, Ginecología Funcional y Medicina Fetal, afectan en exclusividad a la Obstetricia y Ginecología. Cualquiera de las tres tiene una carga lectiva de cinco créditos, divididos al 50% entre teóricos y prácticos. También el Departamento de Obstetricia y Ginecología participa con una oferta específica de asignaturas de Libre Configuración Curricular, que permite a los estudiantes de otras facultades la incorporación a su componente de libre configuración los créditos superados en asignaturas homologadas.
En lo que respecta a la asignatura de la Diplomatura de Enfermería, la Enfermería Obstétrico-Ginecológica es materia troncal del segundo curso de la diplomatura, y como recoge la Resolución de 19 de octubre de 1994, de la Universidad de Granada (Suplemento del BOE núm.264), desglosada de la Enfermería Materno-Infantil, se encuentra vinculada al área de conocimiento de Obstetricia y Ginecología. Los créditos anuales asignados son 5,5 de los cuales cuatro son teóricos y 1,5 prácticos.
Por su parte, en el título de Enfermero especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica, según aprueba la Orden de 1 de junio de 1992 (BOE 132 de 2 de junio de 1992), la asignatura Enfermería maternal y del recién nacido II se encuentra adscrita al área de conocimiento de Obstetricia y Ginecología junto al área de Enfermería. El número de horas es de 360 teóricas y 830 prácticas.
El objetivo de la formación médica es asegurar que el estudiante adquiera conocimientos, habilidades y actitudes básicas comunes. Nuestra misión es hacer énfasis en los conceptos y habilidades básicas y fomentar el aprendizaje autónomo para entrenarle para su formación continuada.
En la Facultad de Medicina de Granada, la enseñanza práctica ha objetivado una sensible mejora que, sin embargo, no ha supuesto una reducción generalizada de la carga teórica durante el período preclínico aunque sí en el clínico. Desde este Servicio consideramos imprescindible realizar el esfuerzo, si al final se consigue que los alumnos puedan reconocer que además de conocimientos científicos, la facultad, y nosotros, les hemos proporcionado algo más de la profesión que han elegido.
La participación de muchos de los facultativos de este Servicio en la docencia de pregrado se realiza a través de su vinculación como profesores con el Departamento de Obstetricia y Ginecología de la Universidad de Granada:
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Profesor Titular:
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Alberto
Salamanca Ballesteros
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Profesores Asociados:
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Luis
Martínez Navarro
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José Antonio Miranda Carranza
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Francisco Montoya Ventoso
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Juan Mozas Moreno
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José Luis Gallo Vallejo
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Colaboradores docentes:
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Miguel Ángel
Díaz López
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Jorge Fernández Parra
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Juan Fontes Jimenez
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Juan Garcia Garcia
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Sebastián Manzanares Galán