Información general sobre las convocatorias en plazo, relacionadas con el S.A.S. y otras Administraciones públicas.
Recepción de escritos, comunicaciones y solicitudes dirigidas al Hospital o a cualquier Administración Pública, dejando constancia en el registro informatizado “ARIES” y, enviándolas a los órganos administrativos correspondientes.
Compulsa de la documentación que deba acompañar a las solicitudes y escritos presentados.
Anotación en el registro informatizado “ARIES” de todos los escritos y comunicaciones de salida, que produzcan las distintas unidades o servicios del Hospital.
Gestión y entrega de certificados nominales dirigidos a personal del Hospital.
Recepción de facturas dirigidas al Hospital. Las facturas con destino a otras Administraciones Públicas, se presentarán junto con un escrito en el que se relacionarán las mismas y los datos de la Administración Pública.
Se exceptua de su paso por Registro General únicamente aquella correspondencia de tipo interno (entre Unidades, Departamentos o Servicios del Hospital) cuya emisión y recepción por el destinatario, pueda quedar acreditada con el oportuno "recibí", del cual se dejará constancia mediante la firma por la personal autorizada al efecto en la copia o relación del documento o documentos entregados.
Compulsa de documentos:
Compulsa: Copia de un documento cotejada con su original. Desde el ámbito de lo administrativo compulsar es examinar y cotejar dos o más documentos y, la compulsa, un nuevo documento, normalmente fotocopia del documento original, en el que se plasma un sello que da fe de que la fotocopia se corresponde con el documento original aportado.
Uso y utilidad: La compulsa de un documento tiene por objeto hacer valer éste sin la necesidad de presentar el documento original, pues el contenido de la fotocopia compulsada refleja de manera fideligna la del documento original y de cuya validez y fiabilidad es responsable la personal autorizada que la haya efectuado.
Documentación necesaria: original y fotocopia del documento que se desea compulsar.
Directrices sobre compulsa de documentosen procesos selectivos del Servicio Andaluz de Salud
No se compulsan fotocopias de publicaciones oficiales (BOE, BOJA, etc).
No se compulsan fotocopias de DNI, salvo que exprésamente lo requiera la convocatoria.
No se compulsa la copia del Modelo 046 de autoliquidación de tasas.
No se compulsan fotocopias de documentos ya compulsados o de documentos legalizados, es imprescindible que se presente el original.
Sólo se compulsará un fotocopia de cada original presentado.
En las revistas sólo se compulsa la fotocopia del sumario y la de la página donde figura el título del artículo y el nombre del autor.
En los libros sólo se compulsa la fotocopia de la página de los datos catalográficos (donde figura el I.S.B.N.) y la de la página donde figura el título del libro o capítulo y el nombre del autor.
Son válidas las compulsas realizadas en cualquier Administración Pública, incluyendo las Universidades. No son válidas las compulsas efectuadas por colegios profesionales ni por organizaciones sindicales.